Consideraciones adicionales

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Información complementaria sobre el proceso de postulación

  • El XXIV PEU Osinergmin no se responsabiliza por la falta de atención o precauciones por parte del postulante que no permita su correcto desempeño en las etapas del PEU Osinergmin.
  • Al registrar su postulación, el postulante acepta, confirma y reconoce las condiciones del XXIV PEU Osinergmin, no siendo válido argumentar desconocimiento o vacíos de las reglas generales y especificas contenidas en estas bases.
  • Considerar que, para postular al Programa de Extensión Universitaria Osinergmin no debe incurrir en ninguna causal de incompatibilidad con el proceso de selección y/o acceso al PEU Osinergmin, de acuerdo con lo tipificado en la Declaración Jurada, que debe dar lectura, suscribir y remitir al momento de la inscripción.
  • Los egresados del ciclo académico 2025–II, se aceptarán constancias de egreso cuya fecha consigne, como máximo, el mes de enero de 2026, siempre que acrediten expresamente la culminación de estudios en el ciclo académico 2025–II. En caso de no remitir la constancia de egreso a más tardar el primer día hábil de febrero de 2026, el becario será sancionado con la asignación automática de la nota mínima (0) y el retiro del XXIV PEU Osinergmin.
  • El postulante es responsable de la veracidad de la información que registre y de la documentación sustentadora que presente en el XXIV PEU Osinergmin, así como, del cumplimiento de lo establecido en las bases, instructivos, guías y/o disposiciones que durante el desarrollo de las etapas del XXIV PEU Osinergmin.
  • Al momento de realizar su inscripción, los postulantes autorizan a Osinergmin a realizar el proceso de fiscalización durante cualquier etapa del XXIV PEU Osinergmin y/o con posterioridad. En caso de detectarse información no veraz, inexacta o falsa, Osinergmin se reserva el derecho de desvincular al postulante del proceso de postulación o del XXIV PEU Osinergmin, según lo considere pertinente.
  • Osinergmin se reserva el derecho de efectuar modificaciones en establecido en las bases, instructivos, guías y/o disposiciones, las cuales serán comunicadas oportunamente a través de la página web becas.osinergmin.gob.pe.
  • Los canales de atención habilitados para las consultas de los interesados en el proceso de admisión del Programa de Extensión Universitaria Osinergmin lo constituyen el correo electrónico becas@osinergmin.gob.pe y los números indicados en la parte superior de la página web.
  • Las vacantes para prácticas profesionales podrán variar en función a las necesidades de Osinergmin. En consecuencia, Osinergmin se reserva el derecho de efectuar modificaciones en función de dichas necesidades.
  • Osinergmin se reserva la facultad de realizar ajustes en las Áreas de Desarrollo del XXIV PEU Osinergmin en función a las necesidades institucionales, con el propósito de asegurar que la formación de los becarios responda a los requerimientos actuales.
  • Para asegurar una distribución equitativa entre las diversas áreas profesionales relacionadas con la especialidad de Gestión Pública en los sectores de Energía y Minería, respondiendo de manera adecuada a las necesidades institucionales, se otorgará el premio a la excelencia en dicha especialidad considerando el quinto superior de cada agrupamiento de las siguientes carreras profesionales:
    • Ciencias Administrativas y Empresariales
    • Arquitectura
    • Ciencias de la Comunicación y Marketing
    • Ingeniería de Sistemas e Informática
    • Derecho
  • Asimismo, las Áreas de Desarrollo del XXIV PEU Osinergmin para dicha especialidad estarán ubicadas en la ciudad de Lima, en función a las necesidades institucionales.

Faltas e irregularidades

  • La entidad se reserva el derecho de brindar información que se encuentre contemplada en la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
  • En el caso que el postulante sea suplantado por otro postulante o por un tercero, será automáticamente descalificado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que la entidad convocante adopte.
  • De detectarse que el postulante haya incurrido en plagio o incumplido las normas a cumplir para la evaluación de conocimientos del proceso de admisión, será automáticamente descalificado; sin perjuicio de las acciones civiles o penales que la entidad convocante pueda adoptar.
  • En caso el postulante proporcione información inexacta o falsa, con carácter de Declaración Jurada, será descalificado del proceso o del XIV Programa de Extensión Universitaria (PEU Osinergmin), en caso se hubiera incorporado, procediéndose a convocar el postulante accesitario.
  • La verificación documental podrá efectuarse durante el transcurso del proceso de admisión o inclusive cuando ya tiene la condición de Becario, en ese caso de evidenciarse que se brindó información inexacta o falsa, será descalificado del proceso, procediendo al retiro inmediato de la Beca.